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Consejo de Derechos Humanos

Desde los conflictos entre Eritrea-Etiopía en 1998-2001, el historial de los derechos humanos de Eritrea ha ido en decadencia. En los informes relativos a Derechos Humanos se evidenciaron supuestas violaciones de los derechos humanos cometidas sistemáticamente por el Gobierno de Eritrea. Aunque la guerra con Etiopía terminó en el año 2000, en mayo del 2002 el gobierno inició la Campaña del Desarrollo de Warsai Yekalo (CDWY). Proclamación que amplió indefinidamente el servicio militar; este plan consiste en trabajos forzados en la construcción y en la agricultura, incluyendo el trabajo para empresas de construcción propiedad del partido dominante en el gobierno e incluso personas vinculadas a éste.

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La ley establece que todos los ciudadanos eritreos, hombres y mujeres, entre las edades de 18 y 50, tienen la obligación de llevar a cabo el servicio militar. En circunstancias normales, se supone que el servicio militar dura 18 meses (artículo 8). Éste consiste en seis meses de entrenamiento militar y otros 12 meses de despliegue para cumplir con el deber militar, o en algún otro proyecto de desarrollo nacional. Sin embargo, el artículo 13 (2) indica que incluso después realizar los 18 meses obligatorios, el servicio nacional puede ser extendido hasta los 50 años de edad por ‘directivas de movilización o de situación de emergencia dictadas por el gobierno. El servicio militar en el país más pobre del cuerno de África  es una de las violaciones de Derechos Humanos más graves en la actualidad, tomando en cuenta las declaraciones que normalmente oímos sobre la abolición de la esclavitud. Por ello, estimados delegados, los invitamos a formar parte de esta discusión sobre un tema que consideramos ha pasado desapercibido tomando en cuenta su nivel de gravedad.

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Emperatriz Corona

Directora del Consejo de Derechos Humanos

 

 

 

 

 

 

Información general

 

Ciclo Diversificado (3er año de educación básica, 4to y 5to año de educación diversificada).

Modalidad: agencia.

Temática: condición de esclavitud debido al servicio militar obligatorio y en períodos de tiempo ilimitados.

Caso de Estudio: Eritrea.

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Mesa Directiva

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Directora: Emperatriz Corona

Moderadora: Ma. Fernanda Rodriguez

Secretario: Benjamín Rondón

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        cdh.srmun@gmail.com

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